JurídicoESEN
Order (Auto)February 18, 2026

A-201 de 2026

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Topic · hard data
Sin Información
01

Topics and subtopics of the ruling

The case-law reporter has not yet indexed topics for this decision. The summary below describes what it is about.
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Solicitud de cumplimiento de la Sentencia SU.277/25.

El apoderado de la parte demandante le pidió a la Corporación asumir el conocimiento de la providencia de la referencia, en la medida en que la Corte se reservó expresamente su jurisdicción en el asunto.

Por lo anterior, pidió que se ordene a la Superintendencia Nacional de Salud abstenerse de efectuar intervención administrativa alguna o cualquier otra medida en contra de la EPS Sanitas, hasta que no cumpla con las órdenes proferidas por la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760/08.

Como la Sala Plena encontró que el incumplimiento alegado por el memorialista se circunscribió a varios autos dictados por la Sala Especial de Seguimiento de la Sentencia T-760/08, en particular, los números 996, 2881 y 2882 de 2023, así como el 007 de 2005, decidió remitir la solicitud a la precitada Sala lo de su competencia y abstenerse de adelantar el trámite de cumplimiento rogado en esta oportunidad.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. REMITIR la solicitud del apoderado de la parte accionante a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, para lo de su competencia. �
  2. SEGUNDO. ABSTENERSE de adelantar el tr�mite de cumplimiento de la Sentencia SU-277 de 2025, requerido por el apoderado de la parte accionante, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. TERCERO. INFORMAR a las partes e intervinientes en el proceso que dio lugar a la Sentencia SU-277 de 2025, que contra la presente decisi�n no procede recurso alguno.
  4. CUARTO. Por conducto de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia al solicitante y a los intervinientes. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado Ausente con permiso JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Espec�ficamente, la Superintendencia Nacional de Salud incumpli� el presupuesto de oportunidad respecto del argumento sobre incompetencia de la Sala Plena; el de legitimaci�n, respecto del argumento sobre la supuesta indebida conformaci�n del contradictorio; y el de carga argumentativa requerida en lo que se refiere a las dem�s consideraciones planteadas.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

No bench composition is recorded for this decision. For tutela rulings and orders, often only the reporting justice is known.
04

How it connects

This decision has no citations or indexed topics in the Court's graph yet.